El congreso de la republica emitió la ley 2191 del 6 de enero de 2022, por medio de la cual se regula la desconexión laboral con el fin que los trabajadores disfruten de forma total los tiempos de descanso.
Los aspectos mas relevantes de la ley son los siguientes:
Se define la desconexión laboral como el derecho que tienen todos los trabajadores, a no tener contacto, por cualquier medio o herramienta, bien sea tecnológica o no, para cuestiones relacionadas con su ámbito o actividad laboral, en horarios por fuera de la jornada laboral determinada en la organización en el reglamento o en el contrato de
trabajo, ni en sus vacaciones o descansos. Esta desconexión no aplica para los trabajadores de manejo y confianza. La norma expresamente determina que la desconexión laboral inicia al terminar la jornada laboral, y el empleador deberá garantizar que el trabajador pueda disfrutar efectiva y plenamente del tiempo de descanso, licencias, permisos, vacaciones y de su vida personal y familiar.
Es importante tener en cuenta que la inobservancia del derecho a la desconexión laboral podrá constituir una conducta de acoso laboral, en los términos y de conformidad con lo establecido en la Ley 1010 de 2006.
Parta el cumplimiento de la ley el empleador deberá emitir una política de desconexión laboral que deberá contemplar por lo menos las siguientes características:
1.- La forma cómo se garantizará y ejercerá tal derecho; incluyendo lineamientos frente al uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC).
Este acápite es importante por que si bien es cierto que la desconexión laboral se debe cumplir no es menos cierto que los trabajadores de manejo y confianza no están cubiertos por este derecho por lo que es posible que estos envíen correos después de terminada la jornada por lo que en este ítem se determinara el momento en que debe contestar el trabajador que si esta cobijado por la desconexión labora.
El compromiso del trabajador para apagar los equipos y que a pesar de que se envíen correos o mensajes de datos este no los vea hasta el momento en que inicia la jornada laboral.
2.- Un procedimiento que determine los mecanismos y medios para que los trabajadores o servidores públicos puedan presentar quejas frente a la vulneración del derecho, a nombre propio o de manera anónima. Y Un procedimiento interno para el trámite de las quejas que garantice el debido proceso e incluya mecanismos de solución del conflicto y verificación del cumplimiento de los acuerdos alcanzados y de la cesación de la conducta.
Esto puede ser un complemento del procedimiento que se tiene para que los trabajadores interpongan quejas por acoso laboral.