¿CÓMO DEBERÍAS TRATAR LAS INCAPACIDADES SUPERIORES A 180 DÍAS? - Sircon Seguros

¿CÓMO DEBERÍAS TRATAR LAS INCAPACIDADES SUPERIORES A 180 DÍAS?

Las incapacidades laborales superiores a 180 días tienen un tratamiento especial y en ocasiones complejo, debido a que no existe claridad respecto a qué entidad es la que debe asumir el pago.

Este pago depende de si la incapacidad es de origen común o de origen laboral.

Incapacidades de origen común:

Una incapacidad laboral de origen común es aquella que no está relacionada con la actividad laboral del empleado, que no fue causada por un accidente de trabajo o una enfermedad profesional. Cuando la incapacidad es de origen común y esta supera los 180 días, la EPS le corresponde pagar las incapacidades laborales desde el tercer día hasta el día 180. De allí en adelante le corresponde al fondo de pensiones hacer el pago.

Para los casos de accidente o enfermedad común en los cuales exista concepto favorable de rehabilitación de la Entidad Promotora de Salud, la Administradora de Fondos de Pensiones otorgará un subsidio equivalente a la incapacidad que venía disfrutando el trabajador.»

Para que el fondo de pensiones pague las incapacidades superiores a 180 días, es preciso que la EPS haya emitido el concepto favorable de rehabilitación, pues si no lo hace, el fondo de pensiones no pagará esas incapacidades y le corresponde a la EPS asumirlas hasta tanto emita ese concepto según lo señala el inciso 6 del artículo 41 de la ley 100.

Si transcurren los primeros 180 días de incapacidad laboral y se determina que el trabajador no puede ser rehabilitado, se debe calificar la pérdida de capacidad laboral que puede terminar en una pensión de invalidez o en una reubicación del trabajador.

Tratándose de incapacidades laborales de origen profesional:

El pago corresponde a la ARL a que esté afiliado el trabajador.

La ARL debe pagar las incapacidades desde del primer día hasta tanto el trabajador se recupere o hasta que se le reconozca la pensión de invalidez, no importa si supera los 540 días.

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